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Condena de 30 años para hombre que cortó lengua a sobrino de 5 años al que violaba sexualmente

SANTIAGO (República Dominicana).- La Fiscalía de Santiago obtuvo una condena de 30 años de reclusión mayor contra un hombre que cometió incesto, actos de tortura y barbarie y violación sexual en perjuicio de su sobrino, un niño de cinco años de edad, al que, además de agredir sexualmente, le cortó la lengua, en hechos que ocurrieron en 2021 en un barrio del sur de la ciudad.

Los hechos referidos en el Segundo Tribunal Colegiado de esta demarcación por la fiscal litigante Luisa García, detallan aspectos estremecedores en relación a una investigación que en 2021 realizó la fiscal investigadora Deyanira Suero por la violación sexual, abuso físico y psicológico sufridos por el menor de edad, agredido de manera sistemática por su tío.

Los jueces del Segundo Tribunal Colegiado Osvaldo Castillo, Estephanie Santiago Reyes e Ingrid Liberato, impusieron la condena de 30 años de cárcel contra el hombre, al hallar suficiencia probatoria en las evidencias presentadas por el Ministerio Público.

Sobre la condena, el titular de la Fiscalía de Santiago, Osvaldo Bonilla, llamó a los padres y madres y a la sociedad a extremar la vigilancia de los menores de edad, para protegerlos de cualquier peligro.

Dijo “que los casos penales que involucren niños, niñas y adolescentes, son de orden público y cuando corresponda serán atendidos de oficio porque en ocasiones nuestros niños deben ser protegidos hasta de su entorno más cercano”.

El Ministerio Público, a través de la Unidad de Atención Integral a la Violencia de Género, Intrafamiliar y Delitos Sexuales de Santiago, se apoderó de oficio, en razón de una denuncia en abril del año 2021 de que, en un centro médico, en la zona sur de la ciudad, se encontraba en condiciones delicadas el menor de edad, debido a que presentaba agresiones físicas en su cuerpo y hallazgos de violación sexual con evidencias de enfermedad de transmisión sexual.

El acusado lo violó sexualmente, le cortó la lengua y el talón del pie izquierdo, usando arma blanca, además de que lo golpeaba con una vara.

En una de las evaluaciones, correspondientes y mediante reconocimiento médico legal se certificó el seccionamiento total de la lengua, lesión supurativa en el talón izquierdo y enfermedad sexual.

El niño fue remitido a una casa de acogida debido al riesgo que representaba para él mantenerse en el entorno familiar, ya que no fueron capaces de percatarse de las agresiones sexuales y físicas ejercidas por su tío paterno.

La condena del Colegiado avaló la acusación formulada por el Ministerio Público por violación a los artículos 331, 332-1, 333-2, 303, 303-4 y 309-2, del Código Penal Dominicano, modificado por Ley 24-97, que tipifica la violación sexual al menor de edad, incesto, violencia intrafamiliar, agresión psicológica, acto de tortura y barbarie, así como también por violar el artículo 396, letras A, B y C, de la Ley 136-03, que crea el Código para la Protección y los Derechos Fundamentales de Niños, Niñas y Adolescentes, por abuso físico, psicológico y sexual.

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